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Naciones Unidas emite alerta al Perú por contagios entre indígenas

Chirapaq

Población originario Perú

Desde su instauración en 1993, las alertas tempranas buscan evitar que situaciones existentes escalen a violaciones graves en materia de racismo, discriminación racial, apropiación de territorios, entre otras.

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) de las Naciones Unidas, órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial por los Estados partes incluye en su agenda regular medidas preventivas que incluyen alertas tempranas para evitar que situaciones existentes se conviertan en conflictos y procedimientos urgentes.

Por ello, y ante el aumento de la propagación del COVID-19 entre los pueblos indígenas que viven en la Región amazónica del Perú, el impacto socioeconómico desproporcionado en los pueblos indígenas causada por la persistente discriminación racial y la inadecuada e insuficiente respuesta del Estado, el Comité ha emitido 7 recomendaciones urgentes para proteger a los Pueblos Indígenas.

  1. Exhorta al Estado a asegurar la participación de los pueblos indígenas en los procesos de toma de decisiones como socios clave para hacer frente a la pandemia de COVID-19 y en la toma de decisiones, incluso en el diseño e implementación de las medidas tomadas para prevenir y contener la enfermedad, así como en relación con los planes de recuperación;
  2. Insta al Estado a que adopte de inmediato medidas de protección para los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial y a prevenir la entrada de forasteros no deseados en sus territorios, en particular mediante la estricta implementación de áreas sanitarias y una legislación expedita que establezca la protección e intangibilidad de áreas donde viven los pueblos indígenas;
  3. Insta al Estado a que dé prioridad y los recursos necesarios para la implementación adecuada y plenamente financiada del Decreto Legislativo 1489, así como de los Decretos Supremos 004-2020-MC, 008-2020-MC y 010-2020-MC adoptada por el Ministerio de Cultura, para asegurar bienes y servicios de salud culturalmente apropiados a los pueblos indígenas y la entrega de ayuda humanitaria por parte de las autoridades públicas y considerar la adopción y aplicación efectiva de nuevas medidas para abordar el impacto negativo de la pandemia en los pueblos indígenas;
  4. Insta al Estado, incluidas las autoridades locales, a garantizar el respeto urgente y pleno de los territorios indígenas en asociación con los pueblos indígenas, mediante la aplicación estricta de controles sobre la entrada de cualquier persona no deseada en los territorios indígenas de acuerdo y en estrecha colaboración con los pueblos indígenas, incluidas las pruebas obligatorias de COVID19 y la evaluación médica de las personas que deseen ingresar a estos territorios;
  5. Insta al Estado a que adopte medidas especiales para mitigar el impacto socio-económico y cultural en los pueblos indígenas, causado por la pandemia COVID-19, y para asegurar el acceso de los pueblos indígenas a la ayuda económica sin discriminación;
  6. Insta al Estado parte a garantizar el derecho al consentimiento libre, previo e informado en relación con las actividades extractivas y otros proyectos de desarrollo en los territorios de los pueblos indígenas que puedan contribuir aún más a la propagación de COVID-19;
  7. Exhorta al Estado a que coopere internacionalmente para buscar apoyo en su respuesta a la pandemia de COVID-19 con respecto a los pueblos indígenas, en particular los que viven en la región amazónica, y en el desarrollo de respuestas a la pandemia para las comunidades fronterizas con Brasil y Colombia.

Como se recordará, desde el inicio de la pandemia diversas organizaciones indígenas demandaron la atención del Estado para implementar medidas de protección específicas para pueblos indígenas. Sin embargo, solo después de más de dos meses se dieron medidas cuando ya la pandemia se encontraba avanzada en el ámbito amazónico. Entre estas medidas se encontraba la identificación étnica de las y los afectados, sobre lo cual hasta el momento no se tiene información.

La alerta temprana emitida por el CERD ratifica, avala y apoya las demandas indígenas de hace cinco meses atrás. Aguardamos con expectativa que ahora sí el Estado tome verdadero interés en la situación de los pueblos indígenas y la crisis que la pandemia viene causando de manera particular en la Amazonía y que se viene evidenciando en el ámbito andino.

Desde CHIRAPAQ venimos sosteniendo que situaciones como esta pudieron ser afrontadas de haber existido una institucionalidad indígena. Son en las coyunturas críticas que se evidencian las estructuras profundas que fracturan una sociedad y son los momentos que se presentan como oportunidades para implementar soluciones y la institucionalidad indígena frente al Estado es de una urgente necesidad.



Publicado: agosto 2020

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